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Securities Investor Protection Corporation
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Folleto de SIPC

CÓMO SIPC LO PROTEGE A USTED

Información sobre Securities Investor Protection Corporation

MISIÓN DE SIPC
LO QUE CUBRE Y NO CUBRE SIPC
CÓMO LO AYUDAMOS: LO QUE DEBE SABER SOBRE SIPC
SIETE PREGUNTAS FRECUENTES DE LOS INVERSIONISTAS
EVITE EL FRAUDE DE INVERSIONES

LA MISIÓN DE SIPC

SIPC es la primera línea de defensa cuando una firma de corretaje quiebra debiéndole efectivo y valores faltantes en las cuentas de clientes. Aunque no todos los inversionistas están protegidos por SIPC, como mínimo, 99 por ciento de los que califican reciben un reembolso de sus inversiones de SIPC. Desde 1970, fecha en que fue creada por el Congreso, hasta diciembre de 2006, SIPC adelantó $505 millones para posibilitar la recuperación de $15.7 miles de millones de fondos de unos 626,000 inversionistas.

Cuando una firma de corretaje cierra por quiebra u otro problema de carácter financiero, faltando activo de clientes, SIPC interviene lo antes posible y, con ciertos límites, tramita la devolución al cliente de acciones, efectivo y otros valores. Sin la participación de SIPC, los inversionistas de firmas de corretaje con problemas financieros podrían perder para siempre los valores o el efectivo que le pertenecen...o tendrían que esperar durante años la resolución de un litigio judicial. Sin embargo, como no todo inversionista ni toda pérdida está protegida por SIPC, se le sugiere que lea detenidamente este folleto y se informe sobre los límites de protección.

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LO QUE CUBRE Y NO CUBRE SIPC

SIPC no es la FDIC. Securities Investor Protection Corporation no le ofrece al inversionista la misma protección global que la Federal Deposit Insurance Corporation le ofrece a los depositantes bancarios.

¿En qué se diferencian SIPC y la FDIC? Cuando un banco miembro quiebra, la FDIC asegura a todos los depositantes en la institución contra un monto máximo de pérdida. El método de no cuestionar que utiliza la FDIC tiene sentido ya que el mundo bancario no tolera riesgos. La mayoría de las personas ahorra dinero en cuentas aseguradas por la FDIC porque no pueden sufrir una pérdida.

Esto es precisamente lo opuesto a la forma en que los inversionistas se comportan en el mercado de valores donde las ganancias son posibles únicamente cuando existe el riesgo. La mayoría de las pérdidas en el mercado bursátil forma parte normal de las alzas y bajas de un mundo inversionista que se desenvuelve en torno al riesgo. Es por eso que SIPC no rescata a los inversionistas cuando sus acciones, bonos y demás inversiones bajan de valor por cualquier motivo. En cambio, SIPC reembolsa las acciones y demás valores faltantes cuando es posible hacerlo... aún cuando hayan aumentado de valor.

SIPC no cubre a los individuos que compran valores y acciones sin valor, si no que los ayuda cuando un corredor se los roba o corren peligro por la quiebra o por otros motivos de una firma de corretaje.

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CÓMO LO AYUDAMOS: LO QUE DEBE SABER SOBRE SIPC

La clave para protegerse usted y su dinero es comprender los reglamentos.

  • Cuándo interviene SIPC. Cuando una firma de corretaje quiebra debiéndole efectivo y valores faltantes de las cuentas de clientes, SIPC generalmente le solicita al tribunal federal que liquide la firma y proteja a sus clientes. Cuando se trata de una firma de corretaje pequeña, SIPC a veces trata directamente con los clientes.
  • Inversionistas que califican para recibir asistencia de SIPC. SIPC asiste a la mayoría de los clientes de firmas de corretaje en quiebra cuando hay valores faltantes en las cuentas de clientes. (En la pregunta número cuatro de la siguiente sección de este folleto se listan los inversionistas que no cumplen los requisitos).
  • Inversiones protegidas por SIPC. El efectivo y los valores, como acciones y bonos, que el cliente mantiene en la firma de corretaje insolvente están protegidos por SIPC. Entre las inversiones que no cumplen los requisitos para recibir protección de SIPC se encuentran los contratos de bienes comercializados en el mercado de futuros y moneda y también los contratos de inversiones (como sociedades en comandita) que no estén registrados en la Comisión de Bolsa y Valores de los EE. UU. según la Ley de Valores de 1933.
  • Términos de la asistencia que proporciona SIPC. Los clientes de una firma de corretaje insolvente reciben todos los valores (como acciones y bonos) que ya estén registrados a nombre de ellos, o en proceso de estarlo. Posteriormente a este paso, se divide el saldo activo de la firma perteneciente a los clientes prorrateando los fondos en proporción a la cantidad reclamada. En caso de que no hubiera fondos suficientes en las cuentas de clientes de la firma para satisfacer las reclamaciones dentro de los límites mencionados, se utilizarán los fondos de reserva de SIPC para suplementar dicha distribución, hasta un máximo de $500,000 por cliente, incluso un máximo de $100,000 por reclamaciones de efectivo. Cuando se haya tomado en cuenta el costo de liquidar la firma de corretaje, podría disponerse de fondos adicionales para satisfacer el resto de las reclamaciones de clientes.
  • Cómo se efectúan las transferencias de cuenta. Cuando la firma de corretaje insolvente tiene registros precisos, el síndico judicial y SIPC pueden hacer transferir las cuentas del cliente a otra firma. Los clientes cuyas cuentas sean transferidas serán notificados puntualmente y tendrán la opción de permanecer en la firma nueva o transferir la cuenta a otra firma de su elección.
  • Cómo se valúan las reclamaciones. En general, cuando SIPC solicita que un tribunal liquide a una firma de corretaje con problemas financieros, el valor financiero de la cuenta del cliente se calcula a partir de la “fecha de registro”. Cuando sea posible, se le regresarán al cliente las acciones y demás valores reales; para esto, se utilizarán los fondos de reserva de SIPC, para adquirir valores de reemplazo (como acciones) en el mercado libre. Es posible que cambios del mercado o fraude en la firma de corretaje insolvente (o en otra parte) resulte en que los valores reembolsados hayan perdido parte, o todo, su valor. En otros casos, los valores podrían haber aumentado de valor.

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SIETE PREGUNTAS FRECUENTES DE LOS INVERSIONISTAS

  1. ¿Cómo puedo estar seguro de que estoy tratando con un miembro de SIPC? ¿Por qué es eso importante?

    Debe estar la siguiente frase:

    MEMBER SECURITIES INVESTOR PROTECTION CORPORATION (Miembro de Securities Investor Protection Corporation)

    Esas palabras, o “Member SIPC”, aparecen en todos los carteles y avisos publicitarios de los miembros de SIPC. Si usted tiene alguna pregunta sobre si una firma en particular es o no miembro de SIPC, puede llamar al Departamento de Miembros de SIPC al 202/371-8300 o visitarnos en www.sipc.org .

    ¿Por qué es importante este tema para usted? SIPC protege a los clientes de firmas de corretaje siempre que éstas sean miembros de SIPC. Sin embargo, si se anula el registro de un miembro de SIPC con la Comisión de Bolsa y Valores de los EE. UU., U.S. Securities and Exchange Comission, también queda automáticamente anulada la calidad de miembro de la firma en SIPC. SIPC pierde la capacidad de proteger a los clientes de sus ex miembros 180 días después de que la firma de corretaje deja de ser miembro de SIPC. SIPC pierde el poder de proteger al cliente de un ex miembro de SIPC 180 días después de que el mismo haya dejado de ser miembro. Generalmente, la SEC hará lo posible por evitar que se anule el registro y la calidad de miembro de SIPC si la firma de corretaje debe valores o efectivo a sus clientes. Sin embargo, la calidad de miembro puede ser anulada si la Comisión no estuviera enterada de dicha deuda.

  2. ¿Qué es a lo que debo estar atento antes de que ocurra un problema?

    Ciertos miembros de SIPC están afiliados o relacionados con empresas o personas que llevan a cabo operaciones financieras o de inversiones aunque no son miembros de SIPC, o que operan desde las mismas oficinas o con los mismos empleados. En cada operación bursátil, usted debe recibir confirmación escrita de que fue realizada por una firma miembro de SIPC y no por uno de sus afiliados no miembros. Los depósitos que se deben acreditar a la cuenta bursátil, ya sea por cheque o de algún otro modo, no deben ser pagaderos a su ejecutivo de cuenta, representante registrado, ni a ningún otro individuo, sino que generalmente deberán ser pagadero a su agente bursátil o, si la cuenta la maneja otro miembro de SIPC que proporciona servicios de compensación para su firma bursátil miembro de SIPC, al mismo. Si el cheque o depósito se efectúa pagadero a una firma de corretaje no miembro de SIPC (como ser, el emisor de los valores que está comprando o el agente de plica del banco) deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que los fondos sean aplicados apropiadamente.

    Tenga en cuenta que debe recibir puntualmente estados de cuenta periódicos. De lo contrario, podría ser una señal de que la firma dejó de existir. Si no recibe el estado de cuenta a su debido momento y no recibe una explicación satisfactoria, o si por cualquier otro motivo tiene motivos para pensar que la firma bursátil dejó de existir, debe comunicarse con la oficina más cercana de la Comisión. Si su firma bursátil deja de ser miembro de SIPC y aún le debe a usted efectivo o valores, debe notificar a la Comisión mucho antes de que se venza el plazo de 180 días.

  3. ¿Cuándo recibiré mis inversiones?

    La mayoría de los clientes pueden esperar recibir su propiedad dentro de un plazo de uno a tres meses. Cuando los registros de la firma de corretaje sean precisos, la entrega a los clientes de ciertos valores y efectivo comenzará poco después de que el síndico reciba el formulario completo del cliente, o aún antes si el síndico puede transferir las cuentas del cliente a otra firma bursátil. Por lo general, ocurren demoras de varios meses cuando la firma insolvente no tiene registros precisos. Y también ocurren demoras cuando la firma o sus administradores estuvieron involucrados en un fraude.

  4. ¿Quién no reúne las condiciones para recibir las protecciones de SIPC?

    La mayoría de los clientes califican para recibir asistencia de SIPC. Sin embargo, los fondos de SIPC no pueden ser utilizados para pagar reclamaciones del cliente de una firma de corretaje insolvente que también es:

    • Socio colectivo, funcionario o director de la firma.
    • Propietario beneficiario de más del cinco por ciento o más del activo o actividad líquida de la empresa.
    • Un socio comanditario con participación del cinco por ciento o más en activo neto o ganancias netas de la firma.
    • Alguien con el poder de ejercer influencia controladora sobre la gerencia o la política de la firma.
    • Corredor o agente o banco actuando en nombre propio y no en nombre de su propio cliente.
  5. ¿Dónde presento el formulario de reclamación?

    Si la firma de corretaje es puesta en liquidación, el fideicomisario nombrado por el tribunal le notificará y le enviará un formulario de reclamación. Usted debe regresar el formulario completado al fideicomisario dentro del plazo indicado en la notificación y tal como se describe en las instrucciones. De no hacerlo así podría perder todo o parte de su reclamación. Si a usted se le notifica que la cuenta de corretaje fue transferida a otra firma de corretaje, aún debe presentar un formulario de reclamación para preservar el derecho de corregir errores que podrían aparecer durante la transferencia de las cuentas. Para consultar una guía que indica el proceso paso por paso, visite el sitio Web de SIPC en www.sipc.org

  6. ¿Existen plazos para presentar reclamaciones?

    Sí, hay dos fechas límites para que los clientes presenten reclamaciones.

    •  Plazo del tribunal. El plazo que por lo general fija el tribunal de quiebras es de 60 días después de la publicación de la notificación de proceso, pero podría ser de sólo 30 días después de dicha publicación. El plazo se indica en la notificación publicada y se les envía por correo una copia de la misma a los clientes junto con formularios de reclamaciones e instrucciones que señalan también la fecha de forma prominente. Preste atención al plazo que se fija en esa notificación y asegúrese de que el síndico reciba puntualmente su reclamación.

    •  Plazo de la ley federal. Si su formulario de reclamación lo recibe el síndico después de la fecha establecida por el tribunal de quiebra, pero antes de los seis meses posteriores a la publicación de la notificación pública, dicha reclamación estaría sujeta a procesamiento demorado y, posiblemente, a pago limitado. El plazo de seis meses está fijado por la ley que gobierna a SIPC. El plazo federal prohíbe absolutamente toda reclamación recibida más de seis meses después de la fecha de publicación. Salvo ciertas excepciones muy limitadas, no hay fundamento para extender el plazo más allá de la fecha establecida.

  7. ¿Tengo que presentar pruebas de que el corredor tiene una deuda conmigo? ¿Cómo funciona?

    Sí, pero por lo general es fácil. SIPC y el síndico nombrado por el tribunal dan por sentado de que los registros de la firma de corretaje son precisos. Con frecuencia, se puede transferir su cuenta completa a otra firma de corretaje para su beneficio incluso antes de que haya presentado una reclamación. Sin embargo, en ocasiones se encuentran errores en los registros de la firma de corretaje. En raras ocasiones, estos errores reflejan operaciones realizadas sin consentimiento de usted. Usted debe guardar copias de las confirmaciones comerciales y del estado de cuenta más reciente de su firma de corretaje. El síndico puede solicitar que usted presente copias de estos documentos. Si en algún momento usted descubre un error en una confirmación o en un estado de cuenta, debe hacérselo notar inmediatamente por escrito a la firma de corretaje. Recuerde, si los registros de su firma de corretaje contienen errores, es usted el que debe probarlos, de lo contrario SIPC o el síndico dará por sentado que los registros de la firma no contienen errores.

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CÓMO PROTEGERSE CONTRA EL FRAUDE DE INVERSIONES

Infórmese sobre el fraude de inversiones, y dónde buscar ayuda.

SIPC recomienda que todo inversor comprenda los peligros del fraude de inversiones y dónde puede pedir ayuda si lo estafan. Es por eso que SIPC colabora con agencias reguladoras y autorreguladoras, grupos del consumidor y otras partes interesadas para promover la diseminación de información para el consumidor sobre el fraude. Consulte las advertencias sobre el fraude de inversiones en las páginas Web a continuación:

U.S. Securities and Exchange Commission
www.sec.gov/investor/pubs_subject.shtml/#fraud

NASD Regulation, Inc.
http://www.nasd.com/web/idcplg?IdcService=SS_GET_PAGE&nodeId=451

National Fraud Information Center
www.fraud.org

Investor Protection Trust
http://www.investorprotection.org/downloads/pdf/learn/basics/basics_unit4.pdf

Alliance for Investor Education
www.investoreducation.org

Su agencia estatal de valores

Consulte la página titulada “contacte su regulador” en

http://www.nasaa.org/QuickLinks/ContactYourRegulator.cfm

Securities Industry Association
www.siainvestor.org/categories/howmarketswork/regagencies/regagencies_011.htm

Canadian Investor Protection Fund
www.cipf.ca

Podrá encontrar una lista de las mejores fuentes de información sobre educación acerca del fraude de inversiones por Internet en SIPC en www.sipc.org

AVISO IMPORTANTE: La Ley de Protección al Inversionista de Valores de 1970 (SIPA) es un estatuto técnico y complejo. Este folleto ofrece una explicación básica de la Securities Investor Corporation y de SIPA. Sin embargo, no explica el estatuto de SIPA con respecto a ningún hecho en particular. Las respuestas a las preguntas sobre hechos en particular dependen de su interpretación, de los fallos de síndicos y de las acciones procesales.

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